domingo, 19 de enero de 2025

El legado de don Juan del Burgo


[La fotografía del inicio fue tomada por Jesús Egea en el cementerio de La Almudena y los datos de la partida de nacimiento de Juan del Burgo los aportó Gema Fernández Palomares, que se mueve como pez en el agua en los libros de registro antiguos. Gracias a ambos].

          El catorce de febrero de mil seiscientos cincuenta y uno, el prior de Almadén, frey Miguel Sánchez Villalón[i], bautizó en la iglesia parroquial de San Benito Abad a Juan del Burgo, hijo de Juan del Burgo, nacido en Holanda, y de María del Arco, agudeña. Fueron sus padrinos el licenciado de Yegros y Catalina, su mujer, según consta en la partida de bautismo del recién nacido.

          Con fecha de 24 de enero de 1675, en el Archivo General de Indias se conserva el expediente de información y licencia de pasajero a Indias de José Daza, general de artillería, gobernador y capitán general de Cartagena de Indias. Le acompañaban, entre otros, su mujer, Isabel del Burgo, y “Juan del Burgo, su cuñado, natural y vecino de Agudo, hijo de Juan del Burgo y de María Muñoz del Arco”.

          En el archivo parroquial se conserva el libro cancelario de la Obra Pía[ii], que instituyera D. Juan del Burgo en la ermita de la Virgen de la Estrella. El libro contiene copia de su testamento, especialmente lo que atañe a su fundación benéfica.

          A tenor de los datos contenidos en el citado libro, Juan del Burgo fue presbítero de la iglesia parroquial de San Miguel de Jerez de la Frontera y vecino de Madrid al final de su vida.

          Otorgó testamento en Madrid en 1 de septiembre de 1726 y murió cuatro días después. Solicitaba ser enterrado en uno de los nichos de la bóveda de la capilla de Nuestra Señora de la Soledad (podría ser casualidad, pero nuestra imagen de la Soledad estaba en la ermita de la Virgen de la Estrella).

          Demandaba que asistieran al sepelio las comunidades de Ntro. Padre S. Francisco, Ntro. Padre S. Francisco de Paula, Ntra. Sra. del Carmen de la Antigua Observancia y S. Agustín.

          Además de sus propios bienes contó con la herencia (97.472 reales) de su hermana, Isabel María del Burgo, fallecida en Nápoles; dicho legado estaba condicionado a la obligación de fundar algunas plazas en la casa de recogidas de Madrid.

          Ordenó que sus bienes se vendieran en almoneda con el fin de cumplir sus deseos con el dinero obtenido.

Reparto de la herencia

          -Adjudicó 1.000 ducados a D. Manuel de Soto.

          -300 ducados a Dña. Antonia Primo Daza; además de perdonarle los 600 que ésta le adeudaba.

          -El remanente de todos sus bienes se dividiría, a partes iguales, entre la imagen de La Soledad del convento de la Victoria de Madrid y la imagen de la Virgen de la Estrella de Agudo.

-Fundación de una Obra Pía en la ermita de la V. de la Estrella de Agudo, dotada con 100.000 reales

Bienes para la Obra

1-    Un censo de 1.500 ducados (16.500 reales) de principal impuesto por D. Antonio de Velasco y de la Cueva, conde de Siruela y de Valverde (formaba parte de la herencia de su hermana).

2- Dos molinos y un batán en la Ribera de Riofrío (los había comprado hacia 1723-1724).

3- 6.283,5 reales de un efecto contra la villa de Madrid sobre la sisa de los nuevos impuestos de millones[i].

          4- 16.500 reales, que tenía depositados en D. Pedro Calderón, vecino de Siruela, con el fin de que Alonso García de la Vera Cuadrado[ii], comisario del Santo Oficio de la villa de Agudo, los invirtiera en bienes para la fundación.

          5- Los 41.317 reales, que faltaban para completar los 100.000 reales convenidos, se obtendrían de:

                    -Aproximadamente 3.000 ducados (33.000 reales) que suponen, al cambio, los 4.500 florines, moneda de Ámsterdam, en que se ha tasado la hacienda que el finado posee en aquellas tierras, heredada de una parienta.

          [Hay un problema que no dicen cómo lo solventan: Las leyes holandesas establecen que esa hacienda no puede ser legada a monasterios, obras pías o imágenes, por lo que será necesario que un pariente del testador, declarándose heredero, lo pueda vender. Cuando consigan venderlo deberán invertirlo en bienes a favor de la Obra Pía. En todo caso, el asunto se solucionó, pues en las cuentas se anotan unos efectos en Madrid, que no constaban en el testamento].

                    -No he localizado la procedencia de los los 8.317 reales que faltarían para completar el capital consignado.

Gestión y obligaciones de la Obra Pía

          1-Nombró personalmente a dos patronos que cobrarían 15 reales cada año al tomarse las cuentas; a la muerte de ambos quedarían como patronos el prior de la parroquia de San Benito Abad, y el alcalde y el regidor más antiguos.

          2-Habría de designarse un capellán, que sería a la vez administrador y preceptor de Gramática. Como preceptor debería enseñar Gramática gratis a los hijos de los vecinos de la villa de Agudo. Además, habría de oficiar 150 misas anuales por el alma del finado y sus familiares en la ermita de la Virgen de la Estrella. Sería de obligatorio cumplimiento la celebración de una misa todos los días de precepto, y también los días de Santa Bárbara, San Antonio Abad, San Nicolás de Bari y Santa Polonia; el resto se realizarían a voluntad del oficiante. Por todo ello recibiría 5,5 reales diarios (2.007,5 reales anuales).

          3-El puesto de preceptor de Gramática debería publicitarse durante 30 días en las puertas de la iglesia parroquial y se tendría que elegir al aspirante más idóneo entre todos los participantes; a igual nivel se daría preferencia al nacido en Agudo y, en caso de haber más de un autóctono, se escogería al más pobre y virtuoso.

          4-Se seleccionaría también un maestro de primeras letras, que recibiría 300 reales [en el Catastro de Ensenada (1752) mencionan que el maestro gana 450 reales, por lo que podría tratarse de una mera ayuda para su mantenimiento].

          5-Si sobrara caudal de los gastos estipulados, cada cuatro años se habría de invertir en dotar a una religiosa o casada con grado de parentesco respecto a Isabel del Burgo o el propio testador; en caso de no haberla, se distribuirá en limosnas de 8 ducados (88 reales) en doncellas o viudas de Agudo, que contrajeran matrimonio.

          6-Sería prioritario realizar las reparaciones necesarias en los bienes de la fundación y en los gastos de administración. Sólo si sobrase dinero, se tendrían en cuenta el maestro de primeras letras y las dotes de las doncellas.

          7-Por voluntad del testador, las cuentas de la fundación no estarían sujetas a jurisdicción eclesiástica ni serían supervisadas por los visitadores religiosos[iii].

Otros datos contenidos en el libro

La puesta en marcha de la fundación no debió ser tarea simple, ya que se prolongan hasta 1744, ocupando los veinte folios iniciales del libro cancelario; a continuación, siguen hojas en blanco hasta el fº52-recto, donde se inician las anotaciones con un auto de 28/12/1758 convocando al personal competente con el fin de tomar las cuentas de los cuatro últimos años. Parece que han podido vender la herencia en Ámsterdam, pues cuentan con nuevos efectos en Madrid, que no figuraban en el testamento; uno sobre las sisas de las carnicerías y aceite de veinticuatro millones[iv] y otro sobre la sisa del cuarto de palacio[v].

Se menciona también que al ermitaño de la V. de la Estrella se le darán todos los años 10 ducados (110 reales) para que tenga cuidado de la imagen. Seguramente, ese cargo no debió existir hasta entonces, pues en 1744, paralelamente al arranque de la Obra, nombran uno.

          Las últimas anotaciones corresponden a 1816 con el nombramiento de un nuevo administrador y la realización de un inventario. Su fin seguramente tuvo que ver con la Desamortización de Godoy, que afectó a las instituciones benéficas de la Iglesia (por esos años, la Sacramental también se ve privada de sus censos y propiedades rústicas).

Algunas reflexiones sobre la fundación

          Juan del Burgo no debió tener familiares muy próximos, en cuanto que no selecciona capellán con grado de parentesco, lo que suele ser rutinario en este tipo de fundaciones; sí debió tener parientes más o menos lejanos, puesto que consigna una parte secundaria de las rentas a las dotes de parientes de su hermana o de él mismo.

          Resulta sorprendente que, en una época en la que imperaba la creencia de que las misas ofrecidas eran un factor importante para la salvación del alma, Juan del Burgo dedicara una parte importante de sus bienes a la erudición de los niños de Agudo, ofreciéndoles la posibilidad de acceso a estudios más avanzados.

Bibliografía:

-Latorre Ciria, J. M. (2015): “Las Obras Pías como camino de salvación: el obispado de Albarracín (siglo XVIII)”. Ediciones de la Universidad de Salamanca.

-Libro de cuentas de las rentas de la Obra Pía que, en la ermita de Nuestra Señora de la Estrella, en Agudo fundó Don Juan del Burgo (1744-1816). Archivo parroquial de Agudo.

-Martínez Neira (2022): Revolución y Fiscalidad Municipal. La Hacienda en la Villa de Madrid en el reinado de Fernando VII. Universidad Carlos III.

-Ministerio de Cultura, Archivo General de India, CONTRATACION, 5440, N.2, R.43


[I] Miguel Sánchez Villalón fue natural de Agudo, hermano de Laura Villalón (donante de la custodia de la Hermandad Saceramental) y, unos años después del nacimiento de Juan del Burgo, fue nombrado prior de la iglesia parroquial de San Benito Abad de Agudo.

[II] La Obra Pía fue una fundación benéfica en la que se establecían una serie de servicios, las condiciones, el funcionamiento, los beneficiados y otros asuntos; para ello, contaban un capital cuya administración quedaba recogida en las condiciones.

[III] El impuesto gravaba el consumo de vino, aceite, vinagre, jabón, carne y velas de sebo.

[IV] Vivió en la casa de la calle Cervantes, que ostenta hoy un escudo de la Inquisición. La colocación de la citada insignia fue posterior a la construcción del inmueble y podría coincidir en el tiempo con la vida de Alonso García de la Vera Cuadrado.

[V] Las inspecciones efectuadas por los representantes de la Iglesia solían ser anuales y, en las asociaciones de capital escaso, podían suponer un canon importante en cuanto que no eran gratuitas.

[VI] El impuesto gravaba con tres maravedíes por libra la carne de vaca y carnero que se consumía en Madrid.

[VII] El impuesto se estableció en 1608 con el fin de conseguir 250.000 ducados para hacer un cuarto en el palacio real para vivienda de la reina Margarita (en esos momentos la corte estaba en Valladolid y pretendían trasladarla a Madrid).




domingo, 12 de enero de 2025

Bizcochos de bodas



 


          En Agudo, estos bizcochos se hacían únicamente para las bodas. Su elaboración no es compleja, pero necesitaban plena disponibilidad del horno por lo que no era posible cocerlos con los dulces de otras personas. La receta, cuya fotografía se adjunta, fue escrita por Pepe Gómez en una agenda de 1942 y difiere ligeramente con la de la torta de bizcocho (en el mismo párrafo) y con la que recuerda mi madre (una cucharada rasa de azúcar y una cucharada colmada de harina por cada huevo), aunque es de sobra conocido que, en cuestión de gastronomía “cada maestrillo tiene su librillo”.

          La preparación de la masa es igual que la de la torta de bizcocho y la manga de gitana: batir las claras a punto de nieve, añadir el azúcar, añadir las yemas y, finalmente, la harina, y llevar al horno rápidamente a fin de que no pierda aire.

          Para hornearlos, se vertía la masa a cucharadas sobre papel de estraza, dándole una forma alargada bastante irregular; se ponían cuatro líneas de masa (cuatro bizcochos) en un mismo papel y se llevaban al horno fuerte; se iban metiendo y sacando del horno simultáneamente. Hoy se pueden preparar cómodamente con mangas pasteleras de boquilla ancha y cocerlos en los hornos domésticos usando láminas de silicona u otro material apropiado.